Los letrados del Congreso han alertado sobre los riesgos de la reforma del Reglamento impulsada por el PSOE y sus aliados para sancionar a periodistas acreditados. En su informe técnico, advierten de que la creación de sanciones puede limitar "el derecho a la libertad de información" y piden valorar "si concurren requisitos para su legitimidad".
La ponencia de la Comisión de Reglamento aprobó este lunes la iniciativa que permitiría sancionar a periodistas que obstaculicen la labor parlamentaria y de la prensa en la Cámara. Los servicios jurídicos consideran que la falta de precisión en las sanciones puede generar "inseguridad jurídica".
Limitaciones al derecho constitucional
En la nota técnica, a la que ha tenido acceso Europa Press, los letrados recuerdan que el derecho a la libertad de información está recogido en el artículo 53 de la Constitución española. Por tanto, "ninguna regulación" puede afectar a su contenido esencial ni suponer una limitación que vulnere los estándares del Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
"La presente proposición de reforma del Reglamento, al regular un régimen sancionador para los profesionales acreditados de medios de comunicación, supone una limitación del derecho a la libertad de información", sostiene el informe. No obstante, reconocen que la regulación del ejercicio de la actividad periodística en el Congreso puede considerarse un fin constitucionalmente amparado por los artículos 20 y 23 de la Carta Magna.
Redacción excesivamente abierta
Los letrados critican que la propuesta actual está caracterizada por una "redacción excesivamente abierta" que podría generar "inseguridad jurídica" en los destinatarios de la norma. Consideran que sería "positivo" que la Mesa de la Cámara Baja, presidida por la socialista Francina Armengol, "precisara" en mayor medida los "posibles escenarios" que puedan requerir una sanción.
Según el informe, la Mesa debería poder "colmar las posibles lagunas e ir actualizando la forma de aplicar este precepto" basándose en la experiencia. A la hora de aplicar las sanciones, habría que valorar circunstancias como la naturaleza de la infracción, los derechos que se pretenden proteger y la adecuación de las sanciones al fin perseguido.
Límites infranqueables en la reforma
Los servicios jurídicos establecen dos límites que "no se pueden franquear" con esta reforma. El primero es que las instrucciones del personal de los grupos parlamentarios deben limitarse a ordenar el funcionamiento de las ruedas de prensa, sin condicionar "de ninguna manera" la conducta de los medios de comunicación.
"Las instrucciones deben limitarse a determinar qué periodista puede hacer uso de la palabra y por qué orden", precisan en el texto. El segundo límite establece que las pruebas para iniciar un procedimiento sancionador no pueden venir determinadas "únicamente" por la denuncia de un grupo parlamentario, siendo necesaria "la concurrencia de otros medios probatorios".
Régimen de prescripción necesario
Los letrados concluyen que sería apropiado añadir un "régimen de prescripción" a la reforma impulsada por los socialistas y sus socios parlamentarios. Proponen que las infracciones muy graves prescriban a los seis meses, las graves a los tres meses y las leves al mes.
En cuanto a la otra reforma reglamentaria sobre lenguaje inclusivo de género, los servicios jurídicos alertan de que "en muchos casos" se introduce "un elemento de ambigüedad que podría dificultar su correcta aplicación en el futuro". Sugieren limitar la reforma a una disposición adicional genérica en lugar de reescribir todo el Reglamento.
(EUROPA PRESS) Nota: Este artículo ha sido editado con la ayuda de Inteligencia Artificial.